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Sobre la bloguera francesa condenada por criticar a un restaurante

Me comentaban hoy los alumnos de un curso de Digital Business que imparto en Bilbao que en Francia acaban de condenar a una bloguera por criticar a un restaurante de Cap-Ferret. El caso me ha sorprendido tanto que me he puesto a investigarlo en cuanto he tenido un rato.

Veamos primero los hechos:
– La bloguera Caroline Doudet había escrito un post después de cenar en un restaurante en el que decía literalmente que se trataba de “un lugar a evitar” (éste era el titular) y que recomendaba “ponerlo en una lista negra de sitios a los que no ir nunca”. Todavía se puede leer el post y sus 22 comentarios en la caché de Google. Se da la circunstancia de que esta chica no escribe habitualmente sobre gastronomía y que su profesión es la de enseñante.
– El restaurante la denunció, sin siquiera pedirle previamente que modificara el artículo en cuestión. La bloguera asegura que todo fue tan rápido que no tuvo siquiera tiempo de buscarse un abogado. Finalmente ha sido condenada a borrar el titular y un trozo del artículo y a pagar 1.500 euros en daños y perjuicios y 1.000 por los gastos judiciales.
– La bloguera, que asegura no tener intención de recurrir, ha borrado el artículo entero y ha pagado. Su condena ha despertado la solidaridad de los internautas, que en el marco de un perfecto Efecto Streissand, han llenado otras webs de comentarios de comentarios contra el restaurante en cuestión.
Y ésta es mi opinión:
– La excepción no confirma la regla. Un juez se puede equivocar, lo que a mi juicio ha ocurrido sin duda alguna en este caso. La libertad de expresión (sea en un periódico, en un blog o en una red social) es, en casi todo el mundo, un principio fundamental que está por encima de otros derechos, como el del restaurante en cuestión a velar por su imagen.
– Evidentemente, la libertad de expresión tiene límites, pero que una persona muestre su disgusto con un restaurante en el que ha comido no lo es, salvo que haya otra circunstancia. Es decir, hablamos de un consumidor mostrando su disgusto y, por tanto, ejerciendo un mínimo derecho al pataleo. No he podido leer la sentencia (no la encuentro), pero sospecho que o bien hay algo más que no sabemos o bien al juez se le ha ido la olla.
– Si el restaurante quería evitar este tipo de comentarios, lo que ha conseguido es lo contrario. Ha multiplicado su efecto y ha hecho que ahora hasta en otros países sepamos que en Cap Ferret hay un sitio al que no conviene ir. La resolución de este tipo de conflictos por vía judicial es simplemente ridícula. Sobre todo si tenemos en cuenta que la razón que llevó al restaurante a poner la demanda es que el artículo en cuestión estaba subiendo mucho en Google y aparecía en las primeras posiciones al buscar el nombre del local.